Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación Diputación Provincial de Burgos

Primero. – Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que durante los días hábiles comprendidos entre el 30 de mayo y el 29 de julio de 2016, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza en periodo voluntario de los siguientes tributos: – Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana - ejercicio 2016. – Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales - 2016. – Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica - ejercicio 2016. – Impuesto sobre actividades económicas - ejercicio 2016. – Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica - ejercicio 2016. – Tasa por la prestación del servicio de tratamiento de residuos sólidos - ejercicio 2016. – Tasa por suministro de agua (varios ejercicios). – Tasa de recogida de basuras. La cobranza se realizará respecto de los Ayuntamientos que tienen delegada o encomendada en esta Diputación la gestión recaudatoria de dichos tributos que se enumeran en la relación adjunta, donde se detalla además el ejercicio objeto de cobro. Segundo. – Como modalidad de pago, se establece el ingreso a través de Entidades Colaboradoras, pudiendo realizarse en cualquiera de las oficinas de Caixa Bank, BBVA, Ibercaja y Caja Viva. A este fin se enviará al contribuyente notificación individual e información para efectuar el ingreso. Asimismo podrá realizarse el pago a través de internet, de manera cómoda y segura, a través de la Oficina Virtual Tributaria (https://ovt.diputaciondeburgos.es). No se requiere D.N.I. electrónico ni certificado digital personal. Admite las siguientes tarjetas, Mastercard, Eurocard, Visa. Se les recomienda a los contribuyentes utilicen el sistema de domiciliación de pago, en cuentas abiertas en Cajas o Bancos con oficinas en la provincia. Tercero. – De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por R.D. 939/2005 de 29 de julio, se advierte a los obligados al pago que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos ejecutivos y de apremio correspondientes, intereses de demora y las costas del procedimiento que se produzcan. Lo que se hace público para general conocimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación. En Burgos, a 23 de mayo de 2016. El Presidente, César Rico Ruiz

Boletín Oficial de la Provincia de Burgos num. 101 Anuncio 03352

07/06/2016