Resolución de 28 de julio de 2016 del director general del medio natural por la que se declara situación de alerta los días 30 y 31 de julio por riesgo meteorológico de incendios forestales en la comunidad autónoma de Castilla y León.
Prohibiciones temporales de carácter excepcional que en ella se recogen: · Prohibición del uso de barbacoas autorizadas · Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola · Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se haya otorgado · Suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego · Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m de terreno rústico que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc..
Medidas preventivas complementarias:
· Prohibición de uso de maquinaria en el monte, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas desde las 13:00 a las 22.00 horas. · Prohibición de utilización de maquinaria tipo cosechadora en los terrenos rústico situados en una franja de 400 metros alrededor de los montes, cuando la temperatura sea superior a 30ºC y la velocidad del viento supere los 30 km/h.
29/07/2016
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